The Miller Elder Law Firm explica los tipos de tutelas. Para obtener más ayuda sobre cómo establecer una tutela o determinar qué tutela es la adecuada para su situación, comuníquese hoy mismo con The Miller Elder Law Firm.
“Existen varios tipos de tutelas. Está lo que se llama una tutela completa, que es un proceso de dos pasos en el estado de Florida. Lo que sucede con una tutela completa es: se presenta una petición para determinar si alguien tiene capacidad o no. Luego, el juez nombra un comité de examen para examinar al individuo y determinar si tiene o no capacidad. Realizarán un examen físico y un examen mental.
Si la persona no tiene capacidad... y puede ser en todas las áreas o en áreas limitadas. Por ejemplo, ¿puede determinar su residencia? ¿Puede tomar decisiones sobre su atención médica? ¿Puede administrar su dinero? El comité de examen informará al tribunal, en cada una de estas áreas, si la persona puede o no tomar decisiones. Si no puede, el tribunal le quitará los derechos a la persona en esas áreas y la declarará incapacitada.
Si están incapacitados y nunca han nombrado un poder notarial o un representante de atención médica para administrar sus asuntos, el tribunal nombrará un tutor para administrar sus asuntos. En Florida, un tutor debe ser mayor de 18 años, ser pariente de la persona por consanguinidad o vivir en el estado de Florida, y nunca haber sido condenado por un delito grave. Si se cumplen todos estos requisitos, la persona será nombrada tutora y administrará los asuntos de la persona incapacitada. Así que esa es una tutela completa.
En Florida, también existe lo que se conoce como defensoría de tutelas. Ese es un tipo especial de tutela que la legislatura ha dicho que puede realizar si su individuo tiene una de cinco discapacidades de desarrollo: espina bífida, parálisis cerebral, síndrome de Prader-Willi, autismo y retraso mental. Si tiene una de esas cinco discapacidades de desarrollo, calificará para una defensoría de tutelas.
Lo que sucederá es: todavía habrá una audiencia judicial. Usted irá y demostrará al juez que su ser querido tiene uno de esos diagnósticos, de una de esas cinco discapacidades de desarrollo, y que debido a ese diagnóstico, está afectado y no puede tomar decisiones en ciertas áreas. Esas áreas podrían incluir decisiones personales como residencia, asuntos sociales, viajes, educación, empleo, atención médica. También podría incluir decisiones financieras, el derecho a contratar, el derecho a administrar dinero, a comprar propiedades, todo ese tipo de cosas.
Así que usted tiene que ofrecer testimonio ante el tribunal que demuestre que el individuo, debido a esa discapacidad del desarrollo, no puede administrar sus asuntos en esas áreas. Y si el tribunal determina, con pruebas claras y convincentes, que no pueden, nombrarán a un defensor guardián para administrar los asuntos de la persona con la discapacidad del desarrollo en esas áreas. De nuevo, para ser un defensor guardián, usted tiene que ser mayor de 18 años; ser pariente del individuo por consanguinidad, o vivir en el estado de Florida; y no haber sido condenado nunca por un delito grave.
Si usted califica, será nombrado defensor guardián para tomar decisiones por esa persona en esas áreas específicas. Cada año, usted presentará un plan ante el tribunal, y también presentará un informe si hay dinero involucrado, para que el tribunal pueda supervisar que usted realmente está cuidando de este individuo.
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